Inicio de la amortización y primer periodo

Para que el plan de amortización sea correcto hay que acertar con dos cosas: la fecha desde la que se empieza a amortizar y cómo se trata el primer periodo, que casi nunca es completo.

📅 Desde cuándo se amortiza

Un bien se empieza a amortizar cuando empieza a funcionar, no cuando lo compras ni cuando llega la factura. Esa fecha es la que debes indicar en la Fecha de inicio de la ficha del inmovilizado.

Ejemplo: compras una máquina el 15 de mayo, pero no la terminan de instalar y empieza a funcionar hasta el 1 de julio. La fecha de inicio es el 1 de julio.

⚖️ El primer año se amortiza en proporción

Si el bien empieza a funcionar a mitad de año, el primer año solo se puede amortizar la parte proporcional a los días en que ha funcionado. Esto lo exigen tanto la contabilidad como Hacienda.

Al pulsar Crear Plan para generar el plan de amortización, el plugin te pregunta cómo quieres tratar ese primer periodo. Veamos las tres opciones con el mismo ejemplo.

Ejemplo: un bien de 12.000 € que se amortiza en 10 años, con contabilización anual, y que empieza a funcionar el 1 de julio de 2026. Del 1 de julio al 31 de diciembre hay 184 días, que son el 50,41 % del año. La cuota anual normal es de 1.200 € (12.000 € entre 10 años).

Período completo

El primer año se amortiza la cuota entera, como si el bien hubiera funcionado todo el año:

  • De 2026 a 2035: 1.200 € cada año.

El primer año se amortiza de más, porque el bien solo ha funcionado seis meses. Usa esta opción solo cuando el bien empiece a funcionar el primer día del periodo (el 1 de enero en la contabilización anual).

Desde adquisición con distribución

El primer año se amortiza la parte proporcional, y lo que falta se reparte entre los años siguientes, sin alargar el plan:

  • 2026: 604,92 € (el 50,41 % de 1.200 €).
  • De 2027 a 2035: 1.266,12 € cada año.

El plan termina el mismo año que con la opción anterior, pero la cuota de los años siguientes es más alta de lo normal. Si elegiste el mínimo de años que permite Hacienda, esa cuota puede superar el porcentaje máximo, y el exceso no sería deducible.

Desde adquisición y periodo adicional (recomendada)

El primer año se amortiza la parte proporcional, los años siguientes la cuota normal, y lo que falta se amortiza en un año más al final:

  • 2026: 604,92 €.
  • De 2027 a 2035: 1.200 € cada año.
  • 2036: 595,08 € (lo que faltaba de la cuota del primer año).

Es la opción que sigue el criterio de la contabilidad y de Hacienda: cada año se amortiza solo el tiempo en que el bien ha funcionado y la cuota anual no cambia. Es la que te recomendamos salvo que tu asesor te indique otra cosa.

🗓️ Con contabilización mensual o trimestral

La idea es la misma: el primer mes o el primer trimestre se amortiza solo desde la fecha de inicio hasta el final de ese mes o trimestre. Con la opción de periodo adicional, lo que falta se amortiza en un mes o trimestre más al final del plan.

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