FacturaScripts mantiene versiones y plugins adaptados a los requisitos aplicables al software de facturación. Para cumplir la normativa es necesario mantener el programa y sus plugins actualizados, instalar los componentes que correspondan, configurarlos correctamente y comprobar las obligaciones concretas de cada empresa o profesional.
En esta página diferenciamos la Ley Antifraude y los sistemas informáticos de facturación, VERI*FACTU y la factura electrónica obligatoria entre empresas, que son ámbitos relacionados pero distintos.
La Ley 11/2021, de 9 de julio, introdujo requisitos para que los sistemas de gestión, contabilidad y facturación garanticen la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de sus registros, sin interpolaciones, omisiones o alteraciones que no queden anotadas.
Para los sistemas informáticos de facturación, estos requisitos se desarrollan mediante el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024. Sus principales consecuencias son:
Consulta la información oficial de la AEAT sobre certificación y declaración responsable .
La Ley 18/2022, de 28 de septiembre, conocida como Ley Crea y Crece, establece la factura electrónica obligatoria en determinadas operaciones entre empresarios y profesionales. Su objetivo incluye mejorar la interoperabilidad entre plataformas, facilitar el seguimiento de los estados de las facturas y combatir la morosidad.
El Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, desarrolla los requisitos técnicos y de información del sistema español de factura electrónica entre empresas y profesionales, así como las reglas para las plataformas de intercambio y la solución pública de facturación electrónica.
La aplicación efectiva depende de la entrada en vigor de la orden ministerial que desarrollará la solución pública. Desde esa fecha, los plazos serán:
Por este motivo, mientras no entre en vigor esa orden ministerial no debe comunicarse una fecha de calendario cerrada para la obligatoriedad de la factura electrónica B2B.
Puedes consultar el Real Decreto 238/2026 en el BOE .
El Reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación permite dos modalidades de cumplimiento: VERI*FACTU y los sistemas de emisión de facturas no verificables. En la modalidad VERI*FACTU, el programa remite a la AEAT los registros de facturación inmediatamente después de generarlos.
El registro remitido es un resumen estructurado de los datos de la factura, pero no es una factura electrónica. VERI*FACTU tampoco sustituye las obligaciones de factura electrónica B2B, Facturae/FACE o TicketBAI.
Fechas de aplicación obligatoria:
Una factura electrónica es una factura expedida, transmitida y recibida en formato electrónico. No debe confundirse con el registro de facturación generado por VERI*FACTU, que no contiene toda la factura.
Con el plugin Facturae, FacturaScripts permite generar facturas en formato Facturae 3.2 para España, firmarlas con certificado y enviarlas a FACE cuando se factura a una administración pública. También permite importar facturas Facturae desde archivos o correo electrónico.
La factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales se rige por la Ley 18/2022 y el Real Decreto 238/2026. Su aplicación efectiva comenzará de forma escalonada después de que entre en vigor la orden ministerial que desarrollará la solución pública de facturación electrónica.
El soporte de FacturaScripts continuará actualizándose conforme se publiquen y entren en vigor las especificaciones pendientes.
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